Institucional

Autoridades

Gobernador de la Provincia del Chaco: Arq. Leandro Cesar Zdero

Secretaria de Coordinación de Gabinete: Dr. Livio Edgardo Gutierrez

Subsecretaría de Modernización del Estado: Dr. Federico Valdés

Directora General de Innovación y Modernización Gubernamental: Lic. Andrea Sandobal

Autoridades

Gobernador de la Provincia del Chaco: Arq. Leandro Cesar Zdero

Secretaria de Coordinación de Gabinete: Dr. Livio Edgardo Gutierrez

Subsecretaría de Modernización del Estado: Dr. Federico Valdés

Directora General de Innovación y Modernización Gubernamental: Lic. Andrea Sandobal

Objetivos

El Gobierno Abierto es un nuevo paradigma para la gestión pública, tendiente a promover la transparencia, la participación ciudadana y la innovación e incorporando nuevas tecnologías para fortalecer la interacción entre el Estado y la ciudadanía.

Adoptando este enfoque, se brinda a los ciudadanos un portal web donde pueden obtener acceso a la información digital de la Provincia como los servicios, el presupuesto, los recursos humanos, los trámites en línea, entre otros.

Normativas provinciales

La misma tiene por objetivos establecer las normas y pautas que rijan el desempeño de la función pública, en cumplimiento de los principios, deberes, prohibiciones e incompatibilidades.

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A través de esta norma se consagra expresamente el derecho que asiste a toda persona a solicitar información por parte de un organismo público, cumpliendo con el propósito de reconocer y materializar el derecho del ciudadano a acceder a la información elaborada o poseída por los organismos del Estado.

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Esta norma sancionada en el año 2016 crea un organismo con la función específica de recibir, canalizar y evacuar solicitudes de información de carácter público. En la misma se definen los sujetos obligados y legitimados a pedir información, el carácter que debe revestir la misma y el organismo de aplicación.

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Este decreto del año 2005 reglamenta la ley de ética pública que establece las normas y pautas de la función pública en cumplimiento de los principios, deberes, prohibiciones e incompatibilidades, en beneficio de la transparencia y el buen funcionamiento del estado.

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Este decreto aprueba la reglamentación parcial de la Ley N° 1774- B (Antes Ley N° 6431).

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Este decreto del año 2017 reglamenta la Ley de Oficina de transparencia y acceso a la información pública, sus procedimientos y requisitos.

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La presente norma establece que la Oficina de Transparencia y Acceso a la información pública en el ámbito del Poder Ejecutivo se define en la Dirección de Gobierno Abierto de la Subsecretaría de Modernización del Estado. De acuerdo a este instrumento legal, toda solicitud proveniente de persona física o jurídica,pública o privada se realizará en la oficina mencionada.

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A través de esta norma se instituye el sitio web de Gobierno Abierto, para la apertura integral de los datos públicos, disponibilizándolos, garantizando así la rendición de cuentas, el acceso a la información y fomentando la participación ciudadana. Establece la implementación de Gobierno Abierto en todos los organismos del Poder Ejecutivo.

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Las disposiciones contenidas en la presente ley establecen las bases para la simplificación, racionalización y modernización administrativa, con la finalidad de propender a la economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio de la administración, garantizando una pronta y efectiva respuesta a los requerimientos de la ciudadanía y una eficiente gestión de los recursos públicos.

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A través de este decreto se crea el portal web “Datos Abiertos Chaco”, que garantiza el acceso a los datos generados y administrados por el sector público provincial.

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Adhiere la Provincia del Chaco al Artículo 7º de la Ley Nacional Nº 27.275 – Derecho de Acceso a la Información Pública, sin perjuicio a lo establecido por la Ley 1774-B.

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A través de este decreto se aprueba el funcionamiento del portal web “Gobierno Abierto”.

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Normativas nacionales

Establece el derecho de todo ciudadano a la información pública, definiendo el concepto y estableciendo las excepciones correspondientes. También determina los sujetos obligados, las condiciones generales de solicitud y entrega y los plazos correspondientes, el organismo de aplicación, y las sanciones en caso de incumplimiento.

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Esta norma reglamenta parcialmente la ley de Acceso a la Información Pública, con consideraciones hacia el procedimiento administrativo de solicitud y evacuación de información, la instrumentación del principio de gratuidad e informalidad del mismo, y la interpretación de las excepciones previstas por la ley.

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Noticias recientes

Las principales novedades en torno a iniciativas y propuestas de transparencia, participación ciudadana e innovación están aquí.

Nueva Plataforma de Chatbot Ipita

Nueva Plataforma de Chatbot Ipita Se trata de un canal de whatsapp 362-4300002 que brinda asistencia e información sobre trámites, eventos oficiales, entre otras actividades.

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